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Green Card Para Mexicanos Inmigrantes
¿Qué es La Sección 245(i) y Cómo Ayuda a Obtener la Green Card Para los Mexicanos?
La Sección 245 (i) es la sección de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA por sus siglas en inglés) que permite que algunos inmigrantes que ingresaron sin inspección ajusten su estatus mientras esperan dentro de los Estados Unidos. Esto significa que los inmigrantes elegibles pueden calificar para obtener una tarjeta verde (residencia permanente) sin tener que salir de los Estados Unidos.
Para calificar, uno de los requisitos es que la petición I-130 que fue presentada haya sido recibida por el gobierno a más tardar el día 30 de abril de 2001. Las personas que fueron patrocinadas por sus empleadores también pueden calificar. Aquellos en nombre de quienes se presentó la petición pueden calificar. Los hijos y el cónyuge del inmigrante también pueden quedar protegidos bajo la sección 245 (i). Aquellos que reúnen todos los requisitos de elegibilidad 245 (i) pueden evitar el procesamiento consular. Además, es posible que puedan simplemente solicitar su tarjeta verde dentro de los Estados Unidos.
Boletín de Visas y las filas de espera de categorías de preferencia para inmigrantes mexicanos que solicitan una tarjeta verde
Cuando un inmigrante ha sido solicitado y patrocinado por un miembro de su familia en los Estados Unidos, el inmigrante no puede solicitar una tarjeta verde (residencia permanente), hasta que la fecha de presentación de la petición I-130 aparezca en las tablas del boletín de visas para inmigrantes con peticiones basadas en la familia. Si bien esta regla no se aplica a los familiares directos, sí aplica a todas las personas enumeradas en las categorías del boletín. El boletín de visas se emite y se actualiza cada mes. El último boletín de visas, para junio de 2022, se puede encontrar aquí.
Ejemplo de patrocinar un de Niño
Cuando un residente permanente patrocina a un niño que tiene más de 20 años de edad, ese niño debe esperar muchos años antes de solicitar la residencia permanente. Digamos que la petición I-130 fue presentada el 28 de abril de 2001. Esa fecha, en la que la petición fue recibida por el gobierno, se llama “fecha de prioridad”. Cuando la fecha de prioridad o una fecha posterior a la fecha de prioridad aparece en el cuadro correspondiente en las tablas del boletín de visas, el inmigrante puede solicitar un ajuste de estatus
En este ejemplo, el niño ahora observaría la tabla del boletín de visas de junio. La categoría bajo la columna “México” debe mostrar una fecha del 1 de mayo de 2001. Puesto que el 1 de mayo de 2001 es después del 28 de abril de 2001 (la fecha de prioridad en este ejemplo) el niño ahora puede calificar para un ajuste de estatus bajo la Sección 245 (i) de la INA. En estos casos siempre es necesario pagar una multa de $ 1,000.
Ejemplo de Hermana de un Ciudadano Estadounidense Para Obtener Green Card Para Mexicanos
Otro ejemplo es el de la hermana de un ciudadano estadounidense. Esta es la categoría F4 en el boletín de visas. Si la fecha de prioridad de la I-130 presentada para la hermana de ciudadanía mexicana también es el 28 de abril de 2001, entonces la hermana aún no es elegible para un ajuste de estatus en junio de 2022. Esto se debe a que el boletín de visas, en la categoría F4 para México actualmente refleja una fecha del 1 de marzo de 2001. El 1 de marzo de 2001 es antes del 28 de abril de 2001. Por lo tanto, ella aún no es elegible, pero muchos predecirían que pronto será elegible porque los futuros boletines de visas se pulican cada mes.
¿Por qué es esto importante para los inmigrantes de México?
Más de 4 millones de personas están esperando a que sus fechas de prioridad se vuelva vigente en el boletín de visas. De entre estos millones de inmigrantes, los mexicanos enfrentan algunos de los tiempos de espera más largos tras la presentación de una petición I-130. A partir de junio de 2022, el boletín de visas refleja que TODAS las categorías de preferencia de visa para TODOS los países son posteriores a la fecha del 30 de abril de 2001, EXCEPTO ALGUNAS DE MÉXICO.
Por ejemplo, las personas de México cuyo hermano o hermana ciudadanos estadounidenses los solicitó el 30 de abril de 2001 o antes de esa fecha, han estado esperando en la fila durante más de 20 años. Pronto serán elegibles para legalizar su estatus en los Estados Unidos, pero solamente si cumplen con todos los demás requisitos para el ajuste de estatus, sin importar que hayan ingresado ilegalmente.
Sin embargo, los hijos adultos solteros de padres residentes permanentes ahora pueden ver que el boletín de visas ya pasó la fecha de corte de la sección 245 (i) que es el 30 de abril de 2001; por lo tanto, algunos de estos individuos ya pueden buscar su ajuste de estatus
¡Consulte Con Un Abogado de Inmigración Sobre Sus Posibilidades!
Es muy importante que usted evite solicitar un ajuste de estatus a menos de que sepa que califica conforme a todos los aspectos de la ley. Un abogado calificado puede revisar su antigua documentación de inmigración y su historial de inmigración para determinar si puede o no solicitar ajustar su estatus a residente permanente dentro de los Estados Unidos. Contáctenos o llámenos al 737-252-8337 para obtener una consulta.
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