Esta publicación contiene información sobre la nueva política del USCIS basada en lo que sabemos hasta el 23 de mayo de 2026.
El 21 de mayo de 2026, el USCIS emitió un nuevo memorando de póliza que cambia la forma en que la agencia evaluará y resolverá ciertas solicitudes de ajuste de estatus. El ajuste de estatus es el término legal para cuando alguien solicita una tarjeta verde (residencia) mientras espera en los Estados Unidos la decisión de su caso, en lugar de salir del país y buscar una entrevista en un consulado en el extranjero.
Esta nueva política enfatiza que el ajuste de estatus es un beneficio discrecional en casi todos los casos. Esto significa que, aunque un solicitante cumpla con todos los requisitos legales, un oficial puede negar el caso si considera que el solicitante no merece el beneficio de la residencia. Esto siempre ha sido la ley. Sin embargo, ahora el USCIS planea realizar análisis discrecionales de manera mucho más estricta. De hecho, el USCIS llega a afirmar que los casos de ajuste de estatus ahora solo deben aprobarse en circunstancias extraordinarias porque, supuestamente, la ley espera que las personas soliciten la residencia desde fuera de los EE. UU. en un consulado en el extranjero. Aunque en Sparks Law estamos en total desacuerdo con las interpretaciones y justificaciones legales del memorando, esta nueva política parece estar en vigor en este momento.
Se ha instruido a los oficiales del USCIS a seguir la nueva política en casos donde el solicitante podría haber tramitado su solicitud de residencia a través de un consulado en el extranjero. Un ejemplo común sería un solicitante que entró con una visa, excedió la fecha de salida de su I-94, se casó con un ciudadano estadounidense y solicitó el ajuste de estatus basado en ese matrimonio, en lugar de regresar a su país de origen para tener su entrevista en un consulado de los EE. UU. Esta nueva política no afecta otros tipos de casos de inmigración, como la naturalización o las peticiones I-130. Tampoco debería afectar todas las solicitudes de ajuste de estatus. Por ejemplo, los solicitantes bajo la Ley de Ajuste Cubano no pueden tramitar su residencia a través de un consulado en el extranjero; por lo tanto, no deberían verse afectados por este memorando. Los asilados y los solicitantes de Inmigrante Especial Juvenil tampoco deberían verse afectados por la misma razón.
En los casos a los que aplica el memorando, el USCIS ahora instruye a los oficiales a considerar todos los factores negativos y positivos sobre el solicitante al tomar su decisión. Exceder la fecha de vencimiento del I-94 tras ingresar con una visa es ahora un factor negativo grave. Otros factores negativos podrían incluir violaciones a la ley de inmigración o antecedentes penales. Los oficiales deben considerar si el solicitante tiene vínculos familiares en los EE. UU. y su carácter moral. También deben evaluar si la aprobación de una solicitud de ajuste es de interés para los Estados Unidos.
Lo que no sabemos:
- No sabemos si este memorando aplica a casos pendientes. Debemos asumir que sí.
- No sabemos con qué rigurosidad se aplicará esta política.
- No sabemos cuánto tiempo tardarán ahora los casos.
- No sabemos cuánto tiempo estará vigente esta política, ya que desconocemos el resultado de los desafíos legales contra el USCIS que pronto se presentarán en los tribunales federales.
Dado lo que no podemos saber en este momento, este es nuestro consejo: si actualmente tiene un caso de ajuste de estatus pendiente que podría verse afectado por esta política, comience a reunir la mayor cantidad de evidencia posible para demostrar que la aprobación de su caso es de interés para los EE. UU. Esta evidencia podría incluir documentación de familiares en los EE. UU. con estatus legal, comprobantes de haber presentado las declaraciones de impuestos requeridas, evidencia de ser propietario de un negocio o de una propiedad, y evidencia de buen carácter moral (como trabajo voluntario, donaciones benéficas, ayuda a otros, etc.). No hay límite en el tipo de documentos que puede reunir para demostrar que los EE. UU. se beneficiarán de que usted se convierta en residente. Piense en cómo usted, de manera individual, beneficia a su familia, su comunidad y a los EE. UU. en general; esté preparado para demostrarlo con documentación.
Aviso para clientes actuales de J. Sparks Law
Si tiene una solicitud de ajuste de estatus pendiente ante el USCIS que consideramos que será afectada por esta política, recibirá un correo electrónico individual de nuestra parte con solicitudes y opciones específicas.
Aviso para futuros clientes
Si está pensando en presentar una solicitud de ajuste de estatus, ahora es el momento de consultar con un abogado de inmigración. Llame hoy a J. Sparks Law al (512) 952-2176 para programar una consulta.